Resumen: La sentencia recurrida declara resuelto el contrato de arrendamiento que vincula a las partes y condena al pago de la suma debida, considerando acreditado que se llegó a un acuerdo por el que por motivo de la pandemia, se perdonó parte de la deuda, reduciendo la renta en un 50% desde abril de 2020 hasta septiembre de 2020 y en un 15% la de octubre, teniendo la propiedad la posesión del inmueble desde el día 22 de enero. Ahora la arrendadora reclama el 100% de las rentas devengadas, indicando que simplemente se aplazó el pago del resto, cuando de lo actuado no se deduce así, se produjo una reducción de renta y ahora no puede reclamar el 100%. Constando que la ocupación del inmueble en la mensualidad de enero fue parcial, debe abonarse la renta proporcional de ese mes y además aquellas mensualidades anteriores impagadas.
Resumen: Las expresiones proferidas deben analizarse en función de lo expresado, la finalidad perseguida y los medios y circunstancias en que se producen según la doctrina gradualista.